Interdicto de obra nueva: todo lo que necesitas saber

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Son muchos los propietarios que se animan a llevar a cabo un cambio estructural en su vivienda con el fin de adaptarla a sus necesidades y gustos. Cabe destacar que para este tipo de obras es necesario disponer de licencia. Uno de los principales motivos por los que se llevan a cabo este tipo de modificaciones, además del disfrute de los propietarios, es para la venta de la misma, la cual aumenta su valor al ser reformada. 

Ahora bien, si esta obra no cumple las licencias y los permisos necesarios es posible que alguno de los vecinos colindantes presente lo que se conoce como interdicto de obra nueva.

¿Aún no sabes lo que esto significa? Entonces sigue leyendo, puesto que es imprescindible conocer esta información si estás buscando comprar una nueva vivienda y reformarla

El interdicto de obra nueva es una ley recogida en el Código Civil que decreta la suspensión de una modificación siempre que esta perjudique de manera directa a una propiedad, a su derecho de posesión o bien a cualquier otro derecho real de una persona.

De manera literal, esta norma se recoge en el artículo 446 del Código Civil donde se dice: “Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen”.

¿Quién puede paralizar una obra mediante el interdicto de obra nueva?

A pesar de que cualquier persona que cumpla los requisitos que se van a mostrar más adelante está habilitada para interponer una demanda de interdicto de obra nueva, la única capaz de paralizar dicha modificación es el propio juez, siempre que admita dicho requerimiento. Esta paralización será temporal hasta que se determine la sentencia.

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¿Cuáles son los requisitos del interdicto de obra nueva?

Para poder llevar a cabo una demanda de interdicto de obra nueva existen unos aspectos básicos que deben ser cumplidos. Estos son:

  • Que la persona que lleve a cabo dicha demanda sea la titular de la propiedad afectada por la obra que se solicita que sea paralizada.
  • Que la acción que se dirija de manera directa contra el constructor se haga en sentido jurídico y no material.
  • Que la obra que se quiere paralizar haya modificado algún aspecto de la propiedad colindante.
  • Que la realización de la obra en cuestión perjudique de manera directa la situación posesoria, o que por lo menos perturbe el disfrute de sus propietarios de la misma.
  • Que aún no se haya finalizado la obra cuando se quiere poner en marcha la demanda.

¿Cómo es el procedimiento del interdicto de obra nueva?

Si se cumplen los mencionados requisitos del interdicto de obra nueva, el siguiente paso es el procedimiento en sí, el cual está dividido en dos fases principales:

  1. Primera fase: lo primero que se hace cuando se inicia la solicitud de paralización de una obra por interdicto de obra nueva es la pausa de dicha obra, llevada a cabo por el propio juez que ha admitido la demanda del interdicto. En este momento, la obra será paralizada por el dueño de la propiedad, sin importar el estado en el que esta se encuentre. Esta paralización puede ser llevaba a cabo por cualquier persona que cumpla los ya mencionados requisitos interdicto de obra nueva. Lo que se debe hacer a continuación es el juicio correspondiente con el fin de decretar si la obra debe ser suspendida con carácter perpetuo o si puede volver a ponerse en marcha y completarla hasta su finalización.
  1. Segunda fase: se conoce como fase contradictoria y en esta los interesados acuden a lo que se conoce como juicio verbal para comprobar cuál de los dos actores de la demanda en cuestión está en posesión de la razón. Para ello, se utiliza como prueba el análisis llevado a cabo con el fin de comprobar si el estado de la obra ha podido llegar a perjudicar al propietario denunciante. 

Por último, el juicio finalizará con una sentencia, aunque es probable que exista lo que se conoce como juicio declarativo posterior, con el fin de que la persona que estaba llevando a cabo la obra pueda continuar con la misma.

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¿Es posible interponer un interdicto de obra nueva en una comunidad de propietarios?

Lo cierto es que sí es posible llevar a cabo un interdicto de obra nueva para solicitar la suspensión de una modificación que se esté llevando a cabo dentro de una comunidad de propietarios.

En este sentido, la obra debe haber comenzado en alguno de los elementos comunes del edificio comunitario, la cual esté molestando de manera directa a alguno de los propietarios. Ahora bien, como requisito básico para poder presentar la demanda es necesario que no exista ningún permiso explícito de la propia comunidad para llevar a cabo esta obra.

También es imprescindible, a la hora de comprar una vivienda, analizar si se cumplen los estándares de calidad, ya que existe lo que se conoce como garantía de vivienda nueva.

Así que, ya sea una obra que quieres realizar en una propiedad de la que ya disponías o si adquieres una vivienda nueva, siempre tienes que prestar atención a la normativa para evitar problemas legales.  

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